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COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE LIMITADA. (MAT. NAC. 3541)
Incluye la reforma parcial de Estatuto Social aprobada por el I.N.A.C. y M., según Resolución Nº 161 del 16 de marzo de 1999.
CAPITULO I
DENOMINACION, DOMICILIO, DURACION Y OBJETO.-
ARTICULO PRIMERO: Con la denominación de COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE LTDA., continuará funcionando una Cooperativa para la provisión de energía eléctrica y otros servicios públicos y comunitarios que se regirá por este Estatuto y la legislación vigente en materia de Cooperativas, en todo lo que no estuviere previsto por aquél.
ARTICULO SEGUNDO: -Domicilio- La Cooperativa tendrá su domicilio legal en la ciudad de San Carlos de Bariloche, departamento de Bariloche, Provincia de Río Negro. Cumplirá su función primordial de suministrar energía eléctrica y otros servicios públicos o comunitarios dentro del Municipio, pudiendo no obstante, extender su acción a otros lugares siempre que ello no signifique disminuir, restringir o limitar en cualquier forma o medida los servicios públicos o comunitarios que se prestan en la ciudad de San Carlos de Bariloche.
ARTICULO TERCERO: La duración de la Cooperativa es ilimitada. En caso de disolución su liquidación se hará con arreglo a lo establecido por este Estatuto y la legislación vigente.
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